EMCCANARIAS

RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE LAS ISLAS CANARIAS (REF)

El régimen económico y fiscal de Canarias ofrece importantes ventajas a los inversores y empresas que operan en el archipiélago. Este régimen, conocido como Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF), tiene como objetivo promover el desarrollo económico, la atracción de inversiones y la creación de empleo en la región.

Una de las principales características del REF es su situación geográfica. Las Islas Canarias se encuentran fuera del territorio aduanero de la Unión Europea, pero forman parte integrante del Espacio Económico Europeo. Esto significa que se benefician de un sistema de derechos de aduana reducidos o incluso exentos para las importaciones y exportaciones, lo que permite a las empresas acceder a los mercados internacionales de forma más competitiva.

Además, Canarias ofrece una serie de incentivos fiscales y concesiones para las empresas que decidan establecerse en el archipiélago. Algunas de las principales ventajas son:

  1. Impuesto de sociedades reducido: las empresas que se instalan en Canarias pueden beneficiarse de un tipo reducido del impuesto de sociedades, inferior al del resto de España y al de muchos otros países europeos.

  2. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) reducido: Canarias aplica un tipo de IVA reducido, el llamado "IGIC" (Impuesto General Indirecto Canario), que es inferior al tipo normal de IVA aplicado en la mayoría de los demás países europeos.

  3. Exención de impuestos especiales: algunos productos, como el combustible, el alcohol, el tabaco y los refrescos, están exentos de impuestos especiales en Canarias, lo que reduce los costes para empresas y consumidores.

  4. Zonas Económicas Canarias (ZEC): Las empresas que se instalen en las ZEC pueden beneficiarse de ventajas fiscales adicionales, como la exención total o parcial del impuesto de sociedades y del impuesto sobre el trabajo durante determinados periodos de tiempo.

  5. Investigación y desarrollo (I+D): los gastos incurridos en I+D pueden beneficiarse de importantes desgravaciones fiscales, incluida una deducción fiscal del 45% por los gastos incurridos en I+D.

  6. Concesiones para inversiones inmobiliarias: los inversores inmobiliarios pueden beneficiarse de ventajas fiscales y facilidades a la hora de adquirir bienes inmuebles, especialmente con fines turísticos o comerciales.

Estas medidas y beneficios fiscales hacen de las Islas Canarias un lugar atractivo para los inversores nacionales e internacionales que deseen beneficiarse de un entorno empresarial favorable y de importantes incentivos fiscales. No obstante, es importante evaluar detenidamente la normativa y los requisitos específicos para beneficiarse de estas ventajas, ya que puede haber condiciones y limitaciones concretas para cada medida.

En conclusión, el régimen económico y fiscal de las Islas Canarias ofrece un entorno favorable para la inversión y los negocios, gracias a una serie de ventajas fiscales y competitivas. Este régimen contribuye al desarrollo económico del archipiélago y a la atracción de nuevas inversiones, creando oportunidades para emprendedores y empresas interesadas en establecerse en la región.

Régimen Económico y Fiscal (REF)
LA MEJOR FISCALIDAD DE EUROPA

IVA: AUSENTE

ZEC:
Zona Especial Canaria con una fiscalidad del 4%;

RIC:
Reserva fiscal para inversiones

DEC:
Deducción por Inversiones en Canarias

IGIC: 7% en operaciones internas

OPORTUNIDAD EXCEPCIONAL PARA LAS EMPRESAS ITALIANAS

LAS ISLAS CANARIAS

SON ISLAS ESPAÑOLAS SITUADAS EN EL OCÉANO ATLÁNTICO SUBTROPICAL, FORMAN PARTE DE LA UNIÓN EUROPEA

España promueve el desarrollo económico de las Islas Canarias y, con la plena autorización de la Unión Europea, para compensar económicamente la situación específica y extremadamente periférica de las islas, reserva importantes ventajas fiscales a las empresas que deseen operar en Canarias.

Consta de 7 islas, con 2.127.000 habitantes en una superficie de 7.450 kilómetros cuadrados, y con 15 millones de turistas al año, presentes 12 meses de cada 12, debido al clima siempre suave y agradable y a la excelente calidad de vida.

ZONA ZEC

La Zona Especial Canaria se aplica al territorio de todas las Islas Canarias.

Todas las nuevas empresas, ya sean industriales, comerciales o de servicios, pertenecientes a la lista de actividades permitidas pueden formar parte de la Zec.

Requisitos: domicilio fiscal en alguna de las Islas Canarias;

Al menos un administrador deberá residir en las Islas Canarias;

Realice una inversión mínima de 100.000 euros (Gran Canaria o Tenerife) o de 50.000 euros en las demás islas en los dos primeros años;

Crear al menos cinco o tres puestos de trabajo en los seis primeros meses;

Las empresas de la ZEC disfrutan de un tipo del 4% en el impuesto de sociedades y se aplican los convenios de doble imposición firmados por España.

 

RIC:
Reserva para Inversiones en Canarias

La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) es un incentivo fiscal para las inversiones en Canarias que opera sobre la base imponible del impuesto de sociedades.

La RIC es una gran ventaja que permite destinar hasta el 90% de la renta neta imponible a una reserva contable para reinvertir en Canarias.

Por lo tanto, no se pagan impuestos sobre los beneficios destinados a la reserva RIC.

DEC:
Deducciones por Inversiones en Canarias

DIC - Deducciones por inversión en las Islas Canarias

El DIC es una deducción fiscal y se aplica a la deuda tributaria resultante del beneficio neto.

El DIC es compatible con el RIC.

Los beneficiarios son empresas y personas jurídicas sujetas al impuesto de sociedades domiciliadas en Canarias o que tengan un establecimiento permanente en Canarias.

Además, el beneficio se concede a empresarios individuales y profesionales que operen en Canarias, sujetos al Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

El DIC es una deducción del 25% del importe de la inversión, hasta un límite del 50% de la misma, del impuesto correspondiente, menos el importe de la doble imposición y las deducciones.

 

IGIC:
Impuesto sobre las transacciones interiores en las Islas Canarias (similar al IVA) del 7%.

En las Islas Canarias no se aplica el IVA. De hecho, se aplica un impuesto similar, que es el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), pero sólo sobre las transacciones dentro de las Islas Canarias.

El IGIC es un Impuesto Indirecto similar al IVA que actualmente tiene un tipo del 7% para bienes y servicios "ordinarios" y un tipo máximo del 15% para bienes y servicios "no primarios" (compra o alquiler de coches, compra de bienes preciosos, etc.) o bienes de lujo; en algunas aplicaciones particulares se reduce a CERO (compra de nuevas tecnologías, informática, etc.).

Se trata, pues, de un impuesto indirecto que grava los bienes y la prestación de servicios. 

Se aplica tanto a los empresarios como a los profesionales que desarrollen sus actividades en las Islas Canarias dentro del límite de 12 millas de mar territorial.

En algunos casos, el tipo impositivo del IGIC es cero. Por lo tanto, vivir o establecer un negocio en las Islas Canarias es extremadamente ventajoso.

Bonificación a la Producción de Bienes Materiales y de Consumo en Canarias

Bonificación a la Producción de Bienes Materiales y de Consumo en Canarias.

Se trata de un incentivo fiscal que reduce el tipo del impuesto de sociedades y, en su caso, el del IRPEF.

La finalidad de este instrumento fiscal es fomentar el establecimiento y el aumento de las actividades productivas en todo el archipiélago.

Este incentivo representa una reducción del 50% de los impuestos sobre los ingresos procedentes de la venta de exportación de bienes físicos producidos en las Islas Canarias.

Este instrumento es compatible con otros incentivos fiscales previstos en el Régimen Económico y Fiscal de Canarias del REF.

El marco jurídico de la Unión Europea está vigente en Canarias con la máxima garantía de seguridad jurídica

Las Islas Canarias están plenamente integradas en la UE, por lo que todas las leyes y normativas europeas son aplicables en las Islas.

Como región ultraperiférica, las Islas Canarias disfrutan de una serie de incentivos económicos y fiscales plenamente aprobados por la Comisión Europea. 

El ordenamiento jurídico de la UE tiene uno de los mayores niveles de seguridad jurídica internacional, lo que supone una mayor protección para las empresas radicadas en Canarias en muchos aspectos, como la protección de datos, la libre competencia y la normativa financiera.

 

FISCALIDAD ORDINARIA DE LOS BENEFICIOS GENERADOS POR LAS SOCIEDADES MERCANTILES

FISCALIDAD ORDINARIA DE LOS BENEFICIOS DE LAS EMPRESAS

Para las nuevas empresas, se aplica el tipo reducido del 15 

El tipo reducido del 15% se aplica a los dos primeros años en los que la empresa obtiene ingresos.

El tipo se eleva al 20% para los ingresos superiores a 300 000 EUR.

A partir del tercer año, se aplica el tipo ordinario del 25%.

REF Régimen Económico y Fiscal de Canarias

El archipiélago canario ha tenido un tratamiento singular en el ámbito administrativo, económico y fiscal desde el siglo XVI tras su incorporación a la Corona de Castilla, debido a su condición insular y lejanía geográfica de Europa, así como a su escasez de recursos naturales. Por todo ello, ha disfrutado de un régimen fiscal especial basado en la libertad de comercio en importaciones y exportaciones, la no aplicación de monopolios y exenciones aduaneras y fiscales sobre el consumo, así como la existencia de impuestos locales.Este régimen incorpora en su contenido los principios y normas aplicables tras el reconocimiento de Canarias como región ultraperiférica de la Unión Europea (artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), con el objetivo de que los ciudadanos canarios tengan igualdad de oportunidades frente al conjunto de ciudadanos de la Unión Europea, debiendo modular a tal fin la actuación del Estado en las políticas económicas.Teniendo en cuenta que se trata de una región ultraperiférica de la Unión Europea, el régimen económico y fiscal de Canarias incluye una serie de medidas económicas dirigidas a promover la cohesión económica, social y territorial del archipiélago y la competitividad de sus sectores estratégicos, todo ello con el fin de garantizar una situación en la que el coste medio de la actividad económica en Canarias permita a la economía insular competir con la del resto del territorio nacional.Las medidas que actualmente contempla la ley se refieren a los siguientes ámbitos: transportes y telecomunicaciones; energía y agua; promoción comercial; promoción y rehabilitación turística; incentivos económicos regionales; creación de empleo y fomento de la integración social; incentivos a la inversión; formación profesional; promoción de la cultura..., en losúltimos años han cobrado relevancia otras ramas de la actividad económica, como la gestión de residuos o el desarrollo de energías renovables, entre otras.Principales ayudas previstas por la Ley en materia tributaria:
  • RIC - Reserva para inversiones en las Islas Canarias.
  • DEC - Deducción por inversiones en territorios de África Occidental y por gastos de propaganda y publicidad.
  • Deducciones por inversión.
  • Deducciones por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales realizados en Canarias.
  • Incentivos a la inversión.
  • Bonificaciones por producción.
  • Impuesto General Indirecto Canario.
  • ZEC - Zona Especial Canaria.
  • Zonas Francas de Canarias.
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