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RIC Reserva para Inversiones en Canarias

¿QUÉ ES RIC? 

(Ric - Reserva para Inversiones en Canarias)

La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) es un incentivo fiscal para las inversiones en Canarias que opera sobre la base imponible del impuesto de sociedades.

La RIC es una gran ventaja que permite destinar hasta el 90% de la renta neta imponible a una reserva contable para reinvertir en Canarias.

Por lo tanto, no se pagan impuestos sobre los beneficios destinados a la reserva RIC.

¿QUIÉN PUEDE BENEFICIARSE DE LA RIC?

Pueden acogerse a la RIC los siguientes contribuyentes:

  • Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades con domicilio fiscal en Canarias.
  • Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades que, sin tener su domicilio fiscal en Canarias, operen en Canarias a través de un establecimiento permanente.
  • Las personas no residentes en España, cuando operen en Canarias a través de un establecimiento permanente, por las rentas obtenidas a través del mismo.
  • Entidades cuya actividad principal sea la prestación de servicios financieros o la prestación de servicios a entidades pertenecientes al mismo grupo de sociedades en el sentido del artículo 18.2 de la LIS, cuando realicen la dotación en una de las inversiones iniciales previstas en la Ley .

EMPRESAS DEDICADAS AL ALQUILER DE BIENES INMUEBLES

SON COMPATIBLES CON EL RÉGIMEN RIC PARA AQUELLAS ENTIDADES DE VIVIENDA EN LAS QUE SE HAYA MATERIALIZADO LA RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS

No existe infracción del régimen de alquiler de viviendas por el hecho de que una entidad haya realizado la RIC, ni el régimen de la RIC, al determinar su compatibilidad, excluye la posibilidad de que su explotación mediante alquiler sea fiscalmente deducible.

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